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29/10/09

ASPECTOS JURÍDICOS DE LA MUERTE DE LOS ASTRONÁUTAS

Consultamos al Dr. Aldo Cocca director del Instituto Internacional de Derecho del Espacio, de París y presidente del Comité de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de la Comisión Nacional de Investigaciones Espaciales, acerca de los efectos jurídicos que entraña la muerte de un astronauta en el espacio.


“La muerte del cosmonauta Vladimir Komarov- respondió el Dr. Cocca- enluta a la humanidad por entero, toda vez que los cosmonautas son los enviados de la humanidad en el espacio ultraterreno y los cuerpos celestes.


Vladimir Komarov (*)


Esto es así sobre la base de la doctrina –anticipada por la Argentina en el IV Coloquio Internacional de Derecho del Espacio, reunido en Washington en 1961, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1963 y recogida por el tratado del 27 de enero de 1967, que confiere al cosmonauta el carácter de representante del género humano en el cosmos, considerando éste una cosa común de la humanidad”.


El primer caso


“Se trata –añadió- del primer caso de un representante de la humanidad en el ejercicio de sus funciones en el espacio. Las infortunadas tres víctimas de Cabo Kennedy perecieron en tierra y durante un ensayo, en tanto que Komarov deja de existir en el espacio ultraterrestre y en acto de servicio para la humanidad.


Las informaciones recibidas hasta el momento de responder a esta entrevista –agregó- nos colocan ante dos situaciones legales diferentes: o bien se trata del fallecimiento en un accidente cósmico o bien la desaparición astronáutica. Si es hallada la cosmonave y su ocupante, estaremos frente al primer caso; en tanto que si ambos no son individualizados, se trataría de desaparición astronáutica. Este hecho, que en otras épocas podría suscitar discusiones prolongadas entre los civilistas, vinculados con la teoría de la ausencia con presunción de fallecimiento, con sus largos plazos para declarar la fecha de muerte del desaparecido, ha evolucionado convenientemente hoy, gracias a los adelantos proporcionados por el derecho marítimo, el derecho aeronáutico, el derecho de la energía nuclear y el derecho espacial.


El derecho civil ha venido registrando la tendencia de adaptarse a las nuevas técnicas y nuevos riesgos para la vida humana en el mar, en el aire y en el espacio.”


Diario La Prensa, martes 25 de Abril de 1967.

(*) Imagen bajada Google Imágenes



20/4/09

UN JURISTA FRENTE AL ESPACIO CELESTE

Recorte De Archivo: Revista “ESTO ES”, Nro. 136. Semana del 27 de agosto al 3 de septiembre de 1956. Bs. As. Páginas: 24 y 25. Escrito por: E. C. Gómez Ortega. Revista semanal. Dir: Ángel L. Sojo. Paraná 759, 3er piso, Bs. As.

¿Hasta qué punto rige el derecho, así abstractamente considerado, o bien empíricamente, en las regiones de la estratósfera y respecto a esa ciencia, en embrión todavía, que es la astronáutica?

He aquí uno de los grandes interrogantes que los filósofos del derecho se han formulado con el advenimiento de las modernas aeronaves, capaces de superar la barrera del sonido y llegar a grandes distancias separadas de la Tierra.

Es difícil llegar a una cabal solución en los problemas que en sí acarrea la conquista del espacio aéreo.
Pues deben tenerse en cuenta tal diversidad de factores que es prácticamente como si se crease una nueva ciencia jurídica que el hombre, en su afán de verse nuevamente como antaño, rey y señor del universo, desea establecer cuando las astronaves y satélites artificiales surquen el espacio en busca del infinito.

Este problema y esencialmente los que se plantean en el campo del derecho son los que han de tratarse en el Séptimo Congreso Internacional de Astronáutica. Al mismo concurrirá como tercer y último participante uno de los juristas más versados de esa materia y conocido mundialmente como un perito en cuestiones interplanetarias. Es el doctor Aldo Armando Cocca, joven abogado argentino.

UNA TESIS REVOLUCIONARIA

Los juristas y hombres de ciencia que habían de concurrir al VII Congreso de Astronáutica debían presentar previamente una tesis a modo de concurso y de acuerdo con ella ser aceptados en el Congreso o no, según votación de un jurado que decidiría el valor e importancia de las mismas.

La tesis del Dr. Cocca fue realmente revolucionaria. El “Método para una investigación de los problemas jurídicos que plantea la conquista del espacio interplanetario”. Provocó verdadera sensación entre los círculos allegados a la materia. Fue citado personalmente por carta al Congreso y su tesis fue impresa en cuatro idiomas: alemán, francés, inglés e italiano. Para nuestro país indudablemente es un galardón tener un hombre de ciencia tan joven, por añadidura cordobés, que representa casi exclusivamente en un Congreso de tal importancia, no sólo a la Argentina, sino también a las naciones de toda Sudamérica.

Los resultados de las experiencias para la conquista del espacio interplanetario surgieron al jurista en la necesidad de un método para el estudio del derecho que debe acompañar a esa maravillosa realización del hombre.

UN ANUNCIO SORPRESIVO

Inesperado aunque no del todo sorpresivo resultó el comunicado dado por el Gobierno de los Estados Unidos de lanzar, durante el año geofísico internacional, satélites artificiales.

Este fue en realidad el motivo por el cual ha tenido lugar el VII Congreso de Astronáutica, pues si bien aún no se podían predecir los resultados de tan magna empresa, de hecho quedaba establecido que la civilización entraba en un nuevo período en sus etapas hacia el progreso y el bienestar de la humanidad: la era interplanetaria.

Un detalle relevante de la importancia asignada por los Estados Unidos al citado satélite artificial es que su presupuesto para la construcción de astronaves de este tipo supera en muchos millones de dólares anuales al que anualmente es concedido a la Marina de Guerra.

La conquista del espacio parece ser un objeto primordial para este país y para todos los que en este momento se hallan en condiciones de afrontar tales empresas, sea por razones estratégico-militares o bien científicas.

Con respecto a los juristas versados en la materia, y al doctor Cocca en particular, la situación planteada por los Estados Unidos les creaba un problema angustioso. ¿De qué modo debía regularse la conducta humana cuando el hombre –o la creación del hombre- abandone la Tierra? ¿Tendrán que aplicarse las mismas normas legales ideadas para nuestro planeta?

Aparentemente, Sí…Pero siempre que en los espacios interplanetarios se presentaran las mismas condiciones o situaciones de vida que en la Tierra.
El problema de los juristas estribaba, entonces, en la posibilidad de que análogas circunstancias referentes al Derecho en el campo de la astronáutica no fueran las mismas, sino otras, con toda una secuela de interrogantes que darían motivo, de hecho, al nacimiento de una nueva ciencia: el Derecho Interplanetario.

Aquí es donde el Dr. Aldo Armando Cocca da una de las más originales tesis que haya existido jamás en las ciencias jurídicas: la aplicación de la teoría de la relatividad de Einstein para resolver el problema de la vigencia del derecho en el espacio.

En su tesis, por la cual ha sido admitido preferentemente como un miembro de suma importancia en el VII Congreso Internacional de Astronáutica, revela cómo el tiempo es un factor determinante del derecho y que variando el tiempo el derecho mismo puede ser también mutable de acuerdo con las circunstancias que más convengan al hombre. De allí que la posición del dorctor Cocca muy bien pudiera ser la de un “relativista del derecho” en relación al espacio interplanetario.

IMPORTANCIA DE LA MISIÓN ARGENTINA

Según ha determinado el Dr. Cocca, Norteamérica le ha asignado una enorme importancia a este Congreso Astronáutico. Un indicio de esto lo señala el hecho que la construcción del satélite artificial no dependa de la Academia de Ciencias, sino directamente del Departamento de Defensas de los Estados Unidos.

Confidencialmente, esto puede dar la pauta del profundo interés que Estados Unidos tiene en aclarar todas estas cuestiones. Bastaría con dejar un precedente con respecto al satélite artificial. Este puede ser el único que registraría el paso de una astronave por la estratosfera o proveniente de otros planetas…

¿Es que caemos ahora en las fantásticas concepciones creadas por la imaginación de Wells, Verne y hechas realidad por Einsten a principios de siglo? Todo hace prever que si…

Como delegado del Comité Jurídico de la Organización de Aviación Civil Internacional (con sede en Montreal, Canadá, con mandato hasta 1957) y miembro del Comité de Cláusulas Protocolares de la Conferencia Internacional de Derecho Privado Aéreo de La Haya y representante de idioma español en dicho Comité, puede asegurarse que la representación argentina, encabezada por el Dr. Cocca, estará representada dignamente en el Congreso de Astronáutica que tendrá lugar en Roma; pues a pesar que Norteamérica envía a más de un gran científico en la materia, a dos subsecretarios de Estado y ocho brigadieres de Aviación, de tener éxito la revolucionaria teoría del Dr. Cocca puede augurarse que la República Argentina tendrá un brillante porvenir en el campo jurídico astronáutico.

Pero el sólo hecho de defender nuestra soberanía aérea (el satélite tendría una órbita que abarcaría desde Bahía Blanca hasta Tierra del Fuego) basta ya para dejar sentadas las bases de la posición argentina en el VII Congreso Internacional de Astronáutica.

Por E. C. GOMEZ ORTEGA



Argentina también danza en el Espacio


Recorte de Archivo:
Revista "TODO, para interpretar la realidad argentina y mundial". Año I. 4 de marzo de 1965. Nro. 22. Cangallo 2370, 5to piso, Bs. As. Editorial Generación S.R.L. Dir: Bernardo Neustadt. Páginas 53 y 54. Sección Naticias - Presencias.
Dr. Aldo Armando Cocca: poesía y derecho espacial, en una vida densa y múltiple
El sábado 20 de febrero, Argentina adhirió al acuerdo internacional sobre la creación del sistema mundial de comunicaciones por satélites.
Ese era el día fijado 6 meses antes por la COMSAT (Corporación Norteamericana de Comunicaciones por satélites) como vencimiento del primer plazo para recibir las adhesiones de cada país.

El tratado estaba abierto a todos los países signatarios de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), entidad que reglamenta el tráfico mundial de noticias.
Detrás de la noticia fría se escondía la gran trascendencia del hecho; las comunicaciones interespaciales por satélites abaratan sensiblemente el costo del servicio radiotelegráfico y confirman el increíble progreso de la técnica.

El complejo global que se monta para hacer realidad el servicio sustituye, de hecho, al cable submarino y a las ondas espaciales como método masivo de comunicación.
El acuerdo ofrece una opción a los firmantes: cada país puede participar de la explotación comercial de la COMSAT o, simplemente, adherir al servicio abonando por su precio de acuerdo con el uso que se haga de él.

Hasta el momento se han lanzado tres satélites sincrónicos (los llamados SYNCOM), el último de los cuales penetró en el espacio la noche del 19 de agosto de 1964.
Dicho satélite alcanzó una órbita estacionaria perfecta con una altura de 22.300 millas (casi 40 mil kilómetros).

En marzo próximo, los EE. UU. lanzará el primer satélite que, aparte de experimental, será operacional, es decir que se hará uso comercial de él. Se trata del Early Bird (su traducción puede ser Pájaro Prematuro) y con él se pondrá en marcha la red mundial.
Toda esta perspectiva proyecta, sobre la ciencia y la técnica modernas, un campo de renovación y progreso inquietante.

Estos hechos llevaron a "TODO" hasta la (...residencia...) del doctor Aldo Armando Cocca, presidente de la Asociación Argentina de Ciencias Espaciales y de reconocida autoridad mundial en la materia.
Cocca, abogado y diplomático de 40 años, autor de prolífica obra literaia, explicó con claridad, en qué consisten las comunicaciones por satélites y cuáles son las características del servicio al que el país se ha adherido.

"Es un sistema -explica Cocca- en el cual las señales que emite una estación transmisora son recibidas por objetos situados en órbita alrededor de la Tierra, que a su vez al ser retransmitidas a la distancia, están destinadas a la recepción del público en general".
"En realidad -agrega- el Telstar posibilita en forma experimental la TV transoceánica entre USA y Europa".

Para Aldo Armando Cocca las ventajas del nuevo método son contundentes: "Posibilita la comunicación estantánea con cualquier continente a través de distancias enormes y con una facilidad asombrosa".
Los problemas creados por la posible aparición de los llamados "satélites espías" refieren a otra situación, ubicable ya en el campo de lo estratégico militar. Sin embargo Cocca afirma que el peligro no es tal ya que los países que han lanzado satélites al espacio han avisado y dado abundante publicidad a las fotografías tomadas durante la navegación. Tal es el caso de la NASA de los EE. UU. que distribuyó en la Argentina la foto de nuestro territorio tomada por el Tiros.
Cocca indica, con claridad, que la aparición de dichos satélites crearía múltiples recelos internacionales y fomentaría una psicosis colectiva.

Antes de pasar a las disquisiciones sobre soberanía, que se deducen claramente de las afirmaciones sobre soberanía, que se dé características y las ventajas de la comunicación por satélites.
"Una demostración concluyente de la ventaja de este sistema está dado por las cifras que han proporcionado las Naciones Unidas. En 1927 (cable submarino) al instalarse el primer cable debajo del océano se hicieron 12 mil llamadas a un costo de 75 dólares, los tres minutos. En 1963, 5 millones de llamadas costaban a razón de doce dólares el minuto. Esto demuestra el constante abaratamiento de los servicios de comunicaciones, cosa que se acentuaría con el proyecto de satelización de las redes telefónicas internacionales".
Más adelante, Cocca sostuvo que las comunicaciones espaciales aumentan con un ritmo del 20% anual.

En lo referente al problema de la soberanía hallamos en Cocca un expositor lúcido y experto en la materia de Derecho Espacial.
"El concepto de soberanía aérea frente a un número considerable de satélites que giran en torno de la Tierra en forma regular y permanente, ha llegado a su máximo deterioro. Una mayoría próxima a la unanimidad arriba a la conclusión de que el espacio no puede ser objeto de apropiación por el Estado alguno de la Tierra y que en él no se puede ejercer la soberanía".
Los conceptos giran alrededor de afirmaciones teóricas y lanzamientos de cohetes.

Una nueva era irrumpe en el campo de la comunicación internacional y queda claro que la Argentina no permanece ajena a los nuevos tiempos.