20/4/09

UN JURISTA FRENTE AL ESPACIO CELESTE

Recorte De Archivo: Revista “ESTO ES”, Nro. 136. Semana del 27 de agosto al 3 de septiembre de 1956. Bs. As. Páginas: 24 y 25. Escrito por: E. C. Gómez Ortega. Revista semanal. Dir: Ángel L. Sojo. Paraná 759, 3er piso, Bs. As.

¿Hasta qué punto rige el derecho, así abstractamente considerado, o bien empíricamente, en las regiones de la estratósfera y respecto a esa ciencia, en embrión todavía, que es la astronáutica?

He aquí uno de los grandes interrogantes que los filósofos del derecho se han formulado con el advenimiento de las modernas aeronaves, capaces de superar la barrera del sonido y llegar a grandes distancias separadas de la Tierra.

Es difícil llegar a una cabal solución en los problemas que en sí acarrea la conquista del espacio aéreo.
Pues deben tenerse en cuenta tal diversidad de factores que es prácticamente como si se crease una nueva ciencia jurídica que el hombre, en su afán de verse nuevamente como antaño, rey y señor del universo, desea establecer cuando las astronaves y satélites artificiales surquen el espacio en busca del infinito.

Este problema y esencialmente los que se plantean en el campo del derecho son los que han de tratarse en el Séptimo Congreso Internacional de Astronáutica. Al mismo concurrirá como tercer y último participante uno de los juristas más versados de esa materia y conocido mundialmente como un perito en cuestiones interplanetarias. Es el doctor Aldo Armando Cocca, joven abogado argentino.

UNA TESIS REVOLUCIONARIA

Los juristas y hombres de ciencia que habían de concurrir al VII Congreso de Astronáutica debían presentar previamente una tesis a modo de concurso y de acuerdo con ella ser aceptados en el Congreso o no, según votación de un jurado que decidiría el valor e importancia de las mismas.

La tesis del Dr. Cocca fue realmente revolucionaria. El “Método para una investigación de los problemas jurídicos que plantea la conquista del espacio interplanetario”. Provocó verdadera sensación entre los círculos allegados a la materia. Fue citado personalmente por carta al Congreso y su tesis fue impresa en cuatro idiomas: alemán, francés, inglés e italiano. Para nuestro país indudablemente es un galardón tener un hombre de ciencia tan joven, por añadidura cordobés, que representa casi exclusivamente en un Congreso de tal importancia, no sólo a la Argentina, sino también a las naciones de toda Sudamérica.

Los resultados de las experiencias para la conquista del espacio interplanetario surgieron al jurista en la necesidad de un método para el estudio del derecho que debe acompañar a esa maravillosa realización del hombre.

UN ANUNCIO SORPRESIVO

Inesperado aunque no del todo sorpresivo resultó el comunicado dado por el Gobierno de los Estados Unidos de lanzar, durante el año geofísico internacional, satélites artificiales.

Este fue en realidad el motivo por el cual ha tenido lugar el VII Congreso de Astronáutica, pues si bien aún no se podían predecir los resultados de tan magna empresa, de hecho quedaba establecido que la civilización entraba en un nuevo período en sus etapas hacia el progreso y el bienestar de la humanidad: la era interplanetaria.

Un detalle relevante de la importancia asignada por los Estados Unidos al citado satélite artificial es que su presupuesto para la construcción de astronaves de este tipo supera en muchos millones de dólares anuales al que anualmente es concedido a la Marina de Guerra.

La conquista del espacio parece ser un objeto primordial para este país y para todos los que en este momento se hallan en condiciones de afrontar tales empresas, sea por razones estratégico-militares o bien científicas.

Con respecto a los juristas versados en la materia, y al doctor Cocca en particular, la situación planteada por los Estados Unidos les creaba un problema angustioso. ¿De qué modo debía regularse la conducta humana cuando el hombre –o la creación del hombre- abandone la Tierra? ¿Tendrán que aplicarse las mismas normas legales ideadas para nuestro planeta?

Aparentemente, Sí…Pero siempre que en los espacios interplanetarios se presentaran las mismas condiciones o situaciones de vida que en la Tierra.
El problema de los juristas estribaba, entonces, en la posibilidad de que análogas circunstancias referentes al Derecho en el campo de la astronáutica no fueran las mismas, sino otras, con toda una secuela de interrogantes que darían motivo, de hecho, al nacimiento de una nueva ciencia: el Derecho Interplanetario.

Aquí es donde el Dr. Aldo Armando Cocca da una de las más originales tesis que haya existido jamás en las ciencias jurídicas: la aplicación de la teoría de la relatividad de Einstein para resolver el problema de la vigencia del derecho en el espacio.

En su tesis, por la cual ha sido admitido preferentemente como un miembro de suma importancia en el VII Congreso Internacional de Astronáutica, revela cómo el tiempo es un factor determinante del derecho y que variando el tiempo el derecho mismo puede ser también mutable de acuerdo con las circunstancias que más convengan al hombre. De allí que la posición del dorctor Cocca muy bien pudiera ser la de un “relativista del derecho” en relación al espacio interplanetario.

IMPORTANCIA DE LA MISIÓN ARGENTINA

Según ha determinado el Dr. Cocca, Norteamérica le ha asignado una enorme importancia a este Congreso Astronáutico. Un indicio de esto lo señala el hecho que la construcción del satélite artificial no dependa de la Academia de Ciencias, sino directamente del Departamento de Defensas de los Estados Unidos.

Confidencialmente, esto puede dar la pauta del profundo interés que Estados Unidos tiene en aclarar todas estas cuestiones. Bastaría con dejar un precedente con respecto al satélite artificial. Este puede ser el único que registraría el paso de una astronave por la estratosfera o proveniente de otros planetas…

¿Es que caemos ahora en las fantásticas concepciones creadas por la imaginación de Wells, Verne y hechas realidad por Einsten a principios de siglo? Todo hace prever que si…

Como delegado del Comité Jurídico de la Organización de Aviación Civil Internacional (con sede en Montreal, Canadá, con mandato hasta 1957) y miembro del Comité de Cláusulas Protocolares de la Conferencia Internacional de Derecho Privado Aéreo de La Haya y representante de idioma español en dicho Comité, puede asegurarse que la representación argentina, encabezada por el Dr. Cocca, estará representada dignamente en el Congreso de Astronáutica que tendrá lugar en Roma; pues a pesar que Norteamérica envía a más de un gran científico en la materia, a dos subsecretarios de Estado y ocho brigadieres de Aviación, de tener éxito la revolucionaria teoría del Dr. Cocca puede augurarse que la República Argentina tendrá un brillante porvenir en el campo jurídico astronáutico.

Pero el sólo hecho de defender nuestra soberanía aérea (el satélite tendría una órbita que abarcaría desde Bahía Blanca hasta Tierra del Fuego) basta ya para dejar sentadas las bases de la posición argentina en el VII Congreso Internacional de Astronáutica.

Por E. C. GOMEZ ORTEGA



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